La octava enmienda a la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías experimenta profundas modificaciones en lo que se refiere a la clasificación arancelaria de productos que manufactura la industria químico farmacéutica.
Estas enmiendas son tan relevantes, que las empresas de este sector -incluso si la clasificación arancelaria de sus productos no cambiara-, deberán llevar a cabo modificaciones sustanciales en ciertos pasos de su proceso productivo para ajustarse tanto a esta nueva legislación internacional, como a las disposiciones legales ya aplicables en cada país.
Te invitamos a participar en este curso, en el que serán analizadas las enmiendas efectuadas al respecto en la Nomenclatura del Sistema Armonizado, que serán incorporadas en la legislación de cada país o zona económica. Conocerlos te permitirá, entre otras cosas:
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Analizar en equipo en tu empresa las implicaciones que esta nueva legislación significa, tanto desde el punto de vista fiscal y regulatorio, como del logístico, el productivo y el comercial;
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Crear en tu empresa y con tus clientes y proveedores el plan a seguir para cumplir de manera impecable con las nuevas y estrictas disposiciones legales aplicables, resultantes de esta enmienda; y
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Actuar con suficiente anticipación para resolver los retos que estas modificaciones significan, independientemente de que tus productos cambien de código arancelario o no.
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